SANTO DOMINGO. La sala Civil de la Suprema Corte de Justicia condenó a la Cervecería Nacional Dominicana pagarle a la presentadora de televisión Zoila Luna la suma de RD$1,400,000.00 bajo el argumento de violar la Ley 65-00.
Hace tres años, Luna inició un proceso legal contra la empresa cervecera luego de que la empresa difundiera un material visual en el que figuraba la productora sin que ella lo autorizara.
El 30 de julio de 2008, la Cuarta Sala Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional acogió como buena y válida, en cuanto a la forma, la demanda, la cual fue recurrida por la Cervecería.
El pasado 16 de este mes, la Corte de Casación, presidida por el magistrado Rafael Luciano Pichardo declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la compañía demandada.
La sentencia número 0659/2008, relativa al expediente 037-2007-0325 establece lo siguiente. "Rechaza, en cuanto al fondo, el recurso de apelación principal descrito en el ordinal anterior; Acoge parcialmente, en cuanto al fondo, la indicada demanda y en consecuencia: condena a la compañía Cervecería Nacional Dominicana a pagar a favor de la señora Zoila Luna, la suma de un millón cuatrocientos mil pesos, como justa indemnización por los daños morales causados".
De igual modo, la Corte condenó a la empresa al pago de las costas del procedimientos a favor del abogado Edwin Espinal, quien representó a la productora del programa "Sólo para mujeres" que se transmite por Zol 106.5 FM.
Hace tres años, Luna inició un proceso legal contra la empresa cervecera luego de que la empresa difundiera un material visual en el que figuraba la productora sin que ella lo autorizara.
El 30 de julio de 2008, la Cuarta Sala Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional acogió como buena y válida, en cuanto a la forma, la demanda, la cual fue recurrida por la Cervecería.
El pasado 16 de este mes, la Corte de Casación, presidida por el magistrado Rafael Luciano Pichardo declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la compañía demandada.
La sentencia número 0659/2008, relativa al expediente 037-2007-0325 establece lo siguiente. "Rechaza, en cuanto al fondo, el recurso de apelación principal descrito en el ordinal anterior; Acoge parcialmente, en cuanto al fondo, la indicada demanda y en consecuencia: condena a la compañía Cervecería Nacional Dominicana a pagar a favor de la señora Zoila Luna, la suma de un millón cuatrocientos mil pesos, como justa indemnización por los daños morales causados".
De igual modo, la Corte condenó a la empresa al pago de las costas del procedimientos a favor del abogado Edwin Espinal, quien representó a la productora del programa "Sólo para mujeres" que se transmite por Zol 106.5 FM.
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