El tribunal presidido por Pilar Rufino Diaz consideró que la decisión fue adoptada por insuficiencia de pruebas.
Planea que el hecho ocurrió presuntamente el 04 de enero del 2013 pero sin embargo la denuncia y vista del médico legista fueron el 11 de ese mes, lo cual no permite darle credibilidad.
También el tribunal valoró que no hubo coordinación entre el relato de los hechos y la experticia psicológica.
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