jueves, 3 de noviembre de 2016

Ley sancionará a quienes lleven niños en motores

Ley sancionará a quienes lleven niños en motoresEl proyecto de ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, aprobado ayer en segunda lectura en la  Cámara de Diputados, prohíbe montar niños en motocicletas y establece sanciones a quienes lo hagan.
También establece que solo dos personas podrán transportarse en motos, con sus cascos protectores, y cuando se trata del servicio de “motoconcho”, con chalecos reflectores que les identifiquen, si transitan en la noche.
El proyecto, de la autoría del diputado Tobías Crespo, que fue aprobado con 139 votos favorables y uno en contra, también faculta a los ayuntamientos a establecer la locación de paradas para motoconchistas.
Los cabildos llevarán un registro de los motores que “concharán”, independiente al que hace la Dirección General de Impuestos Internos. Los ayuntamientos limitarán su cantidad y asignarán las rutas, de acuerdo con la necesidad de cada comunidad.
Prohibiciones
Cuando entre en vigencia este proyecto, que aún le falta el voto de los senadores, se obliga a que las dos personas que se movilicen en una motocicleta lleven cascos protectores.

Cuando se trate de un “concho”, en el casco debe estar el número de placa, al igual que en el chaleco. Los motoconchistas deberán estar provisto de un seguro, licencia categoría uno, sus luces y espejos retrovisores y sistema de escape de sonido como vino de fábrica.

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