lunes, 22 de noviembre de 2010

Colmadón: ¿Anarquía o Diversión?

Colmadón: ¿Anarquía o Diversión?

Por Lic. Héctor M. Ramírez Sosa
Municipio de Consuelo, S. P. M.-
El Colmadón surge a finales de la década del noventa como un establecimiento comercial que ofrece la venta de alimentos, (últimamente no en todos, ya que podemos observar en algunos que sus estantes no cuentan con alimentos) y el expendio de bebidas alcohólicas. Además, suele brindar recreación o entretenimiento, como “música por un tubo”, Tv por cable y juegos de azar: dominó, bingo, barajas, máquina tragamonedas, banca de apuesta, etc…
El Colmadón es una realidad sustentada por la clase baja y mediana que no puede acudir con frecuencia a una Discoteca, Restaurante u Hotel por lo costoso de sus servicios. Aquí, sin pago de cover (entrada) y al aire libre sin el sofocante calor, encuentran las bebidas más baratas y pueden llevar a cabo su “figureo” o la acción del “bultero dominicano”, pasarse el tiempo que esté ahí con una “fría” (botella de cerveza) en la mano.








Podemos observar en la calle Isidro Barros de nuestra comunidad de Consuelo a un nutrido público dándose cita en estos lugares. Estos se concentran de pie sobre las calzadas (calles) y aceras al frente o al derredor del colmadón, obstaculizando todo, así como el estacionamiento de sus vehículos: automóviles, jeepetas, motocicletas,… en franca violación a la Ley de Tránsito Terrestre 241-67, Título V, Cap. VI, Art. 81, literal a, numerales 1, 2, 4, 9 y 11 y Art. 88.

Todo ser humano tiene derecho a la recreación o diversión, a botar el estrés o el cansancio de una jornada de trabajo, o como decimos en nuestro argot dominicano “a beberse sus tragos”, “a darse un calentón” y hasta “darse su juma” si le viene en gana, pero sin perjudicar a nadie. Está consagrado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el Art. 24 el derecho al descanso y disfrute del tiempo libre, pero también advierte en el Art. 29 que el ejercicio de sus derechos debe asegurar el conocimiento y respeto de los derechos y libertades de los demás.
Por lo anterior, resulta preocupante para nuestra comunidad, al parecer no para la autoridad, tal como: policial, alcaldía, tránsito, etc… el hecho de que se obstruya o anarquice el tránsito vehicular y peatonal, en la principal vía de acceso, impidiendo el paso libre y sin tropiezo de los parroquianos y vehículos que transitan por allí. En día pasado viví una odisea

al intentar pasar con mi cacharro, tuve que dar marcha atrás al no poder. Un señor que iba delante de mí, para poder cruzar, tuvo que soportar manotazos o golpes en su vehículo de individuos que no tienen el mínimo grado de respeto.
No estoy en contra de estos lugares de diversión, ni los catalogo como han dicho algunas autoridades, que los mismos son centros de criminalidad. La criminalidad nace en nuestra sociedad fruto de males, como: la desigualdad social, la pobreza, el desempleo, la falta de oportunidad de superación en la juventud, entre otros. La policía nacional o municipal, o en su defecto, lograr los servicios de la Autoridad Metropolitana del Transporte (AMET), podrían realizar un papel protagónico regularizando y permitiendo el libre tránsito en las horas de actividad de los colmadones. De igual manera, con el respeto y el orden público.
Corresponde a las autoridades competentes señaladas establecer las reglas y el espacio que le permita al conductor y peatón transitar con libertad y así poner fin a la violación de sus derechos como ciudadano. De no darse tal acción debe surgir el reclamo de las fuerzas vivas institucionales del Municipio de Consuelo: Iglesias, Juntas de Vecinos, Entidades Educativas, De Salud, Políticas, Culturales, Deportivas, etc… por la normalización de esta situación.
A modo de conclusión dejo esta interrogante: ¿Quién es realmente el culpable o los culpables de esta situación?, ¿el propietario?, ¿el público?, ¿las autoridades? o ¿la comunidad?

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión. Art. 19 –Declaración Universal de

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